El pasado 13 de marzo Granma publicó el artículo Los retorcidos
caminos del descontrol donde se informó que 19 ciudadanos, pertenecientes a
la Unidad Empresarial de Base Acopio y Distribución de Huevos Habana y a la
Empresa Provincial de Comercio en la capital, fueron acusados por el desvío
de más de ocho millones de huevos liberados, cuya afectación económica
ascendió a 8 907 562 pesos.
Luego de celebrarse la vista del juicio oral el 6 de octubre
del 2014 en la Sala Segunda de lo Penal, el Tribunal Provincial Popular de La
Habana sentenció:
A LUIS ROBERTO BÁRZAGA SALAZAR y MARÍA REGLA PIS MARTÍNEZ a
15 y siete años de privación de libertad, respectivamente, por ser autores
directos del delito de Falsificación de Documentos Bancarios y de Comercio
como medio a fin para cometer el delito de Malversación.
A GILBERTO DÍAZ MOJENA, JUAN JOSÉ DANTÍN LLORENTE y
MARGARITA DEL CARMEN QUINTANA RODRÍGUEZ a 11, 10 y 12 años de privación de
libertad, respectivamente, por ser autores del delito de Falsificación de
Documentos Bancarios y de Comercio como medio a fin para cometer el delito de
Malversación.
A NGUYEN CRUZ GONZÁLEZ a ocho años de privación de libertad
por ser autor por cooperación necesaria del delito de Falsificación de
Documentos Bancarios y de Comercio como medio a fin para cometer el delito de
Malversación. A AGUSTÍN ADALBERTO BAÑOS GONZÁLEZ a siete años de privación
de libertad, por ser cómplice del delito de Malversación.
Mientras JORGE ANÍBAL BARATA GÓMEZ, JULIO DIDIER PINO
BALMORY, VÍCTOR JESÚS ARIAS GERARDO, LINO JULIÁN MORENO MORENO, IFRAÍN SILOT
BROWN y JUAN ELIEZER PERDOMO GONZÁLEZ fueron sancionados a siete años de
privación de libertad, cada uno, por ser cómplices del delito de Falsificación
de Documentos Bancarios y de Comercio como medio a fin para cometer el delito
de Malversación.
Por igual delito fueron condenados a seis años de privación
de libertad, JOAQUÍN RIVERO RAMÍREZ, VALERY CABALLERO MOREDA, OSMANI
ARRASCAETA FLORES y GUSTAVO PÉREZ ACEVEDO. Entretanto BENITO ORLANDO PÉREZ
NÚÑEZ fue sancionado a cinco años y cuatro meses de privación de libertad.
A todos se les impuso como sanciones accesorias la privación
de derechos y prohibición de ejercicio de profesión, cargo u oficio acorde con
el tiempo de privación de libertad.
Mientras que a LUIS ROBERTO BÁRZAGA SALAZAR, MARÍA REGLA
PIS MARTÍNEZ, GILBERTO DÍAZ MOJENA, JUAN JOSÉ DANTÍN LLORENTE, MARGARITA DEL
CARMEN QUINTANA RODRÍGUEZ y NGUYEN CRUZ GONZÁLEZ se les impuso
responsabilidad civil consistente en la reparación del daño material
ocasionado.El acusado EDUARDO TAMAYO PÉREZ fue declarado absuelto por
insuficiencia de pruebas.
Fuente:Cubadebate
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