Las huellas que dejamos en el mundo digital ¿a cargo de
quiénes quedan? ¿Quién se ocupa de gestionar todo lo que hicimos en el
ciberespacio cuando ya no estemos más? ¿Es posible designar a alguien para esta
singular tarea?
Antes de comenzar a escribir este reportaje pregunté al
menos a 15 personas si habían pensado alguna vez qué pasará con todos sus datos
digitales una vez que fallezcan. Cercanos como estamos, en el rango de edad, a
las personas a las que les pregunté, aún no pensamos siquiera en la muerte.
Pero de forma unánime todos los inquiridos confesaron que no saben cuál será el
destino de sus registros digitales y preguntaron si pueden hacer algo al
respecto.
Hasta la fecha, en Cuba y el mundo es escasa la existencia
de una legislación que permita definir el destino de toda nuestra interacción
con el mundo digital, aun cuando vivimos desde hace unas dos décadas en la era
de las Tecnologías de la Información y la Comunicación.
El tema, aunque pueda parecer algo macabro, es digno de
tomar en cuenta si analizamos que estamos rodeados de tecnologías con las que
interactuamos, una tendencia que se incrementará por el rumbo de la Internet de
las cosas y la informatización de nuestro entorno.
Morir en la era digital
Nuestros bienes quedan en poder de quienes así lo designemos
mediante un testamento. En caso de no existir documento legal alguno, entonces
hay leyes dictadas que otorgan derechos y deberes a nuestros descendientes y
familiares.
Pero ya existe otro tipo de interacción, a partir del uso de
los dispositivos digitales, que deja una huella. Así, además de la casa que
pudiéramos poseer, la caja de cartón con nuestras fotos o un viejo auto que
atesoramos, al partir de este mundo una buena parte de nosotros dejará archivos
digitales, teléfonos celulares y cuentas en línea que alguna vez nos
permitieron comunicarnos y expresarnos en la red de redes.
¿Qué pasa con todo esto?
Hace tres años Juventud Rebelde abordó el tema y aunque no
son sustanciales los cambios desde entonces, hay ya algunas pautas para
responder a la interrogante planteada.
Primero, los abogados mantienen su recomendación para que
desde el mundo real preparemos los destinos de nuestros activos digitales. Una
solución puede ser designar a uno o varios albaceas de nuestras cuentas,
ordenador personal, celular y cualquier otro dispositivo que contenga datos
privados para que sean ellos quienes se encarguen de ejecutar nuestra última
voluntad al respecto.
No obstante, según señaló un reportaje de la BBC, es
necesario que seamos muy específicos con todos nuestros activos digitales.
Y es que a lo largo de nuestras vidas dejamos un sinnúmero
de huellas en el ciberespacio a las que muchas veces no prestamos atención.
Se trata de cuentas «fantasmas» que quedan en numerosos
servicios en línea, como es el caso de los correos electrónicos. Una buena
parte de los usuarios de este servicio ha tenido al menos dos cuentas en su
vida. La primera quedó «en el aire» porque encontraron una opción mejor,
olvidaron la contraseña o decidieron que no les gustaba el nombre de usuario
escogido, por solo citar algunas causas.
Si bien no es un crimen poseer cuantos correos electrónicos
consideremos pertinentes, acaso sería prudente eliminar las cuentas que hayamos
decidido no utilizar más. De quedar a la deriva alguna de estas podría darse el
caso, por ejemplo, de una acción de piratería y suplantación de identidad, algo
problemático tanto en la vida como después la muerte.
Cuentas claras
En el estado de Delaware, Estados Unidos, una ley aprobada a
finales de 2014 y que entró en vigor el primer día de este año brinda mayor
acceso a nuestras cuentas en línea a las personas que previamente hayamos
designado mediante un testamento.
El correo electrónico, las fotos, los videos o los mensajes
en redes sociales quedan por tanto al alcance de esas personas.
Este nuevo cuerpo legal, llamado Ley de Acceso Fiduciario
Uniforme de Activos Digitales, es el primero de su tipo en el mundo que permite
a terceros administrar, distribuir, copiar o eliminar activos digitales tras la
muerte de sus titulares.
La llamada Ley Delaware es, no obstante, solo aplicable en
ese estado de la Unión, aunque aclara que tiene toda la validez sin importar
dónde se hayan creado los contenidos digitales.
The Wall Street Journal señaló que esto podría entrar en
conflicto con las leyes federales estadounidenses, promulgadas para proteger la
privacidad de los consumidores, las cuales restringen a las empresas revelar
los contenidos digitales sin consentimiento del propietario.
Y aunque hasta el momento no hay caso de una disputa legal
conocida en la cual se enfrente la Ley Delaware con alguno de los gigantes de
Internet, se avizoran problemas a corto plazo.
La debilidad jurídica en este sentido es tal que el destino
de nuestros activos digitales en línea queda a merced de lo que dispongan las
grandes compañías. Esto se aplica desde que se crea una cuenta en cualquiera de
estos servicios, donde los acostumbrados Términos y condiciones —que casi nadie
lee— explican cuán soberanos o no son nuestros datos.
Google, la mayor compañía de Internet, tomó la iniciativa
hace un tiempo con su Administrador de cuentas inactivas, el cual permite
decidir el destino de nuestro usuario. Aunque es un proceso medianamente
engorroso permite que un correo electrónico en Gmail y otros servicios como YouTube
o Blogger sean desactivados o gestionados por terceros si así lo deseamos.
Microsoft, entretanto, permite desactivar cuentas de forma
limitada. Los correos electrónicos se eliminan mediante el proceso conocido
como Pariente más cercano, el cual posibilita a la compañía comprobar que
efectivamente su propietario falleció, aunque a veces tarda hasta seis meses.
Sin embargo, el almacenamiento en la nube, conocido como
OneDrive, y la cuenta de Xbox Live, la consola de Microsoft, no prestan este
servicio. Literalmente el usuario, si muere, queda a la deriva en el
ciberespacio.
Facebook y Twitter, por su parte, no permiten el acceso a
los datos de sus usuarios sin una orden judicial, aunque dan la posibilidad de
que los perfiles se conviertan en «memoriales». Si los familiares prueban a
estas compañías que el usuario falleció y solicitan cerrar su cuenta, las dos permiten
hacerlo.
Yahoo! es aún más estricto y jamás dejará que nadie
desactive o entre en tu cuenta bajo el principio de privacidad. Pero en este
caso el usuario fallecido, luego de un período de no usar la cuenta pasa a ser
desactivado y con el tiempo lo borran de los servidores.
Con Apple no existe posibilidad de transferencia alguna. La
compañía tiene un principio de «no derecho de supervivencia», según el cual una
cuenta no es transferible y cualquier derecho de la cuenta en Apple termina con
la muerte. Así lo dice en sus términos y condiciones.
La música, aplicaciones y dispositivos asociados a los
servicios de esta compañía son sencillamente intransferibles. No obstante,
Apple aclara en ese mismo texto que en caso de muerte, si se envía una copia del
certificado de defunción, «la cuenta se eliminará y todo el contenido será
borrado».
En nuestro país no poseemos todavía un gran número de
servicios en línea, pero los que existen tampoco contemplan el destino de
nuestros datos en caso de muerte. En la plataforma de blogs Reflejos, por
ejemplo, las Condiciones de Uso solo explicitan el destino de la cuenta en caso
de inactividad por parte del usuario.
Aun cuando el mundo digital es todavía joven, los pocos
asideros legales con que hoy contamos para legar nuestros datos indican que el
camino que se debe seguir empieza por el mundo físico. Por ahora podría seguir
algunos de los consejos de este reportaje, aunque el redactor espera
sinceramente que ninguno de los que lean estas líneas use estos servicios en
mucho tiempo.
Fuente:Cubaperiodista
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